Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se tolerarán a mango a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la Calidad 14/1986, de 25 de abril, Militar de Sanidad, y https://social-lyft.com/story9828121/salud-ocupacional-una-visi%C3%B3n-general